Casi todas las empresas medianas en México ya pasaron por la NOM-035 al menos una vez. Aplicaron el cuestionario, guardaron los resultados en una carpeta, y siguieron con su vida. El problema no es cumplir — es que el cumplimiento se volvió un trámite anual desconectado de lo que realmente pasa en los equipos el resto del año.
Esta guía separa dos cosas que suelen mezclarse: lo que la norma te obliga a hacer y lo que te conviene observar de forma continua. No son lo mismo, y confundirlas es lo que hace que la NOM-035 se sienta burocracia sin retorno.
Qué es la NOM-035, en corto
La NOM-035-STPS-2018 se llama Factores de riesgo psicosocial en el trabajo — Identificación, análisis y prevención. Se publicó en el Diario Oficial de la Federación en octubre de 2018 y entró en vigor en dos etapas: la primera en octubre de 2019 y la segunda en octubre de 2020.
Su objeto es que el patrón identifique, analice y prevenga los factores de riesgo psicosocial en el centro de trabajo, y que promueva un entorno organizacional favorable. En términos llanos: cargas de trabajo, jornadas, liderazgo, violencia laboral, y qué tan claro tiene la gente su rol.
Es obligatoria para todos los centros de trabajo del país, sin importar el giro. Lo que cambia según el tamaño es la profundidad de lo que tienes que hacer.
Qué te toca según cuántos colaboradores tengas
La norma distingue tres categorías:
- Hasta 15 trabajadores. Aplica lo básico: política de prevención, difusión, y atención a quienes hayan vivido acontecimientos traumáticos severos.
- De 16 a 50 trabajadores. Se suma la identificación y análisis de factores de riesgo psicosocial.
- Más de 50 trabajadores. Además de lo anterior, hay que evaluar el entorno organizacional.
Si tu empresa tiene entre 50 y 300 personas, estás en la tercera categoría — la más exigente. Te toca el paquete completo, y la evidencia documental de que lo hiciste.
La propia norma incluye guías de referencia para apoyar cada caso. La Guía III es la que corresponde a centros de trabajo de más de 50 personas, e integra tanto los factores de riesgo psicosocial como el entorno organizacional.
Lo que la norma pide, en concreto
Más allá del cuestionario, hay una lista de entregables que suele olvidarse:
- Una política de prevención de riesgos psicosociales por escrito, difundida entre el personal.
- Medidas de prevención y acciones de control derivadas de lo que hayas identificado.
- Un mecanismo para presentar quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral.
- Canalización a atención médica para quien lo requiera.
- Registros de todo lo anterior, disponibles ante una inspección de la STPS.
La identificación y la evaluación deben repetirse al menos cada dos años, según el numeral 7.9 de la norma. No es anual, como mucha gente asume — pero tampoco es un trámite de una sola vez.
Sobre las multas: las sanciones por incumplimiento de una NOM se calculan en UMA conforme a la Ley Federal del Trabajo, y el rango es amplio. El monto exacto depende del caso y del valor vigente de la UMA, así que no te fíes de las cifras que circulan en LinkedIn — revisa la fuente oficial.
El problema del cuestionario anual
Aquí es donde la mayoría de las empresas se queda corta, y no por mala fe.
Un cuestionario aplicado una vez cada tanto tiene tres limitaciones estructurales:
Es una foto, no una película. Te dice cómo estaba el ánimo la semana que lo aplicaste. Si esa semana coincidió con cierre de mes, con una salida sonada o con un aumento, los resultados se mueven por razones que no tienen que ver con el clima de fondo.
La gente responde lo que cree que debe responder. Aunque sea anónimo, mucha gente sospecha que no lo es. En equipos chicos, donde el área y la antigüedad casi identifican a la persona, esa sospecha está bien fundada.
Los resultados llegan tarde. Cuando el reporte está listo y las acciones se aprueban, el problema que detectaste ya evolucionó — o la persona que lo vivía ya renunció.
Ninguna de estas limitaciones es razón para no aplicar el cuestionario. Es obligatorio y además sirve. La pregunta es qué haces los 700 días que hay entre uno y otro.
Qué puedes observar el resto del año
Hay señales de comportamiento que existen de todos modos y que nadie tiene que llenar. No son un diagnóstico clínico, pero sí un termómetro:
- Quién reconoce a quién. Si el reconocimiento en un área fluye solo de arriba hacia abajo y nunca entre pares, es un dato sobre esa área.
- Áreas que quedan aisladas. Equipos que ni dan ni reciben interacción con el resto de la organización suelen ser los mismos que aparecen con puntajes bajos en el cuestionario.
- Caídas bruscas de participación. Un equipo que participaba y dejó de hacerlo de un mes a otro cambió algo, y vale la pena preguntar qué.
- Concentración en pocas personas. Cuando el 80% del reconocimiento de un área se lo lleva el 10% de la gente, hay una parte del equipo que es invisible para sus compañeros.
Ninguna de estas señales prueba nada por sí sola. Todas te dicen dónde poner atención y a quién preguntarle, que es justo lo que un cuestionario semestral no puede hacer.
Lo que esto no sustituye
Seamos claros, porque aquí hay proveedores que exageran: ninguna plataforma de reconocimiento te exenta de aplicar la NOM-035. El cuestionario es obligatorio, la política escrita es obligatoria, los registros son obligatorios y la evaluación del entorno organizacional es obligatoria si pasas de 50 personas.
Lo que sí puede hacer una herramienta de este tipo es dos cosas: darte contexto continuo entre aplicaciones, y generar evidencia de las acciones de prevención que tomaste — que es la parte que muchas empresas no saben cómo documentar cuando llega la inspección.
Lo que NO estás obligado a hacer
Hay un mercado grande alrededor de la NOM-035 y no todo lo que se vende es requisito. La propia STPS ha aclarado varios puntos:
- No estás obligado a contratar consultores externos para implementarla.
- No es obligatorio contratar un psicólogo.
- La unidad de verificación es opcional, no un requisito.
- La norma mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 no se vuelve obligatoria por la NOM-035.
- Cumplir con el PRONABET no equivale a cumplir la norma.
También conviene saber que las guías de referencia son un apoyo, no un formato obligatorio: lo que sí es obligatorio es cumplir con la identificación y análisis. Si usas un instrumento propio en lugar de las guías oficiales, tiene que cumplir los requisitos de validación que marca la norma — razón por la cual, para la mayoría de las empresas, usar las guías oficiales es el camino más corto.
Nada de esto significa que no valga la pena apoyarse en alguien con experiencia. Significa que la decisión es tuya y no un requisito legal disfrazado.
Por dónde empezar
Si vas a ordenar tu cumplimiento este año, este es el orden que tiene sentido:
- Verifica en qué categoría estás por número de colaboradores. Define lo mínimo obligatorio para ese tamaño.
- Revisa si tienes la política por escrito y difundida. Es lo más fácil de tener y lo más común de que falte.
- Calendariza la aplicación con margen, no en el último trimestre.
- Define qué vas a hacer con los resultados antes de aplicar. Un cuestionario sin plan de acción es evidencia de que sabías y no hiciste nada.
- Documenta las acciones, no solo los resultados. Ahí es donde se cae la mayoría en una inspección.
La NOM-035 no va a desaparecer y las inspecciones tampoco. La diferencia entre las empresas que la sufren y las que la aprovechan está en si la tratan como un trámite o como el único momento del año en que alguien pregunta formalmente cómo está el equipo.
Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. Consulta el texto vigente de la NOM-035-STPS-2018 en el Diario Oficial de la Federación y, si tienes dudas sobre tu caso, apóyate en un especialista en seguridad y salud en el trabajo.
